Rendicion de cuentas del Consejero Regional de Angaraes de Angaraes
Declaración ConjuntaAudiencia pública de rendicion de cuentas del Consejero Regional de Angaraes Abg. Héctor Bari Mamani Coila





5 de diciembre de 2024 - 11:28 a. m.
Que, el artícula 191 de la Constitución Politica del
Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobiemo
Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Que, el Articulo 16 inciso f) de la Ley 31433- Ley que modifica la Ley N 27867 - Ley Orgánica de Gobieros Regionales, establece que: Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales "Rendir cuentas de su labor. Para tal efecto, Ilevan a cabo, al menos, una
audiencia pública anual de rendición de cuentas en la provincia que representan,
Que, ei Articulo 8 de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, prescribe que: "EI Estado debe promover y establecer los mecanismos
para lograr una adecuada democracia participativa de Ios ciudadanos, a través de mecanismos directos O indirectos de participación"; En esa misma linea, el articulo 9° de la antedicha Ley, prescribe que: "El ciudadano tiene el derecho a participar en los procesos de formulación
presupuestal, fîiscalizacíón, ejecución y control de la gestión del Estado, mediante los mecanismos que la normatividad establezca
Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobiemo
Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Que, el Articulo 16 inciso f) de la Ley 31433- Ley que modifica la Ley N 27867 - Ley Orgánica de Gobieros Regionales, establece que: Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales "Rendir cuentas de su labor. Para tal efecto, Ilevan a cabo, al menos, una
audiencia pública anual de rendición de cuentas en la provincia que representan,
Que, ei Articulo 8 de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, prescribe que: "EI Estado debe promover y establecer los mecanismos
para lograr una adecuada democracia participativa de Ios ciudadanos, a través de mecanismos directos O indirectos de participación"; En esa misma linea, el articulo 9° de la antedicha Ley, prescribe que: "El ciudadano tiene el derecho a participar en los procesos de formulación
presupuestal, fîiscalizacíón, ejecución y control de la gestión del Estado, mediante los mecanismos que la normatividad establezca