Jean Paul Benavente: “modificatoria del boleto turístico es trascendental para el desarrollo de las regiones”
Nota de prensaGobierno Regional del Cusco plantea que nueva Ley considere el patrimonio natural que posee cada jurisdicción del país

2 de marzo de 2022 - 2:42 p. m.
La necesidad de incorporar el patrimonio natural que posee cada región del país a la nueva Ley del Boleto Turístico es trascendental para su desarrollo porque permitirá acceder a nuevos recursos económicos que favorecerán, principalmente, a los gobiernos locales del país, sustentó el gobernador regional del Cusco, Jean Paul Benavente García, quien respaldó la iniciativa presentada por el congresista Luis Ángel Aragón Carreño.
La Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de la República en su tercera sesión debate, precisamente, el proyecto de ley que modifica la Ley 28719 (Ley del Boleto Turístico) presentado por el grupo parlamentario Acción Popular.
La autoridad cusqueña, precisó que la nueva norma no solo debe concentrar el patrimonio cultural existente en cada región sino, fundamentalmente, los recursos naturales en el fin de fortalecer el desarrollo de las regiones.
De esta manera, dijo, se revalorarán diversos patrimonios naturales que posee, por ejemplo, la región cusqueña; entre ellos, Vinicunca, la montaña de siete colores; Palcoyo, la montaña arcoíris alternativa; Humantay, la laguna sagrada, entre otros.
“Si bien la ley anterior señalaba que solamente las direcciones desconcentradas de cultura y los gobiernos locales podían acceder a los recursos de los boletos turísticos, hoy planteamos que se implementen comités turísticos en los cuales las direcciones de cultura, Ministerio del Ambiente, gobiernos locales y los gobiernos regionales (Dircetur o Gercetur) sean beneficiarios de los fondos recaudados”, subrayó.
El boleto turístico es un documento personal e intransferible por el que se obtiene el derecho de ingreso temporal a zonas, monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos integrantes del patrimonio cultural de la Nación, administrados por el Ministerio de Cultura y que forman parte de los circuitos o corredores turísticos.
En el caso del Cusco, en 1978, la Municipalidad Provincial del Cusco, creó el Boleto Turístico Cusco (BTC), inicialmente compuesto por la municipalidad, el INC, el Arzobispado y Dircetur, funcionando bajo la administración de la OFEC, encargada de la administración y ejecución de las inversiones de la municipalidad. En el 2006 se crea la Ley del Boleto Turístico (Ley 28719).
La Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de la República en su tercera sesión debate, precisamente, el proyecto de ley que modifica la Ley 28719 (Ley del Boleto Turístico) presentado por el grupo parlamentario Acción Popular.
La autoridad cusqueña, precisó que la nueva norma no solo debe concentrar el patrimonio cultural existente en cada región sino, fundamentalmente, los recursos naturales en el fin de fortalecer el desarrollo de las regiones.
De esta manera, dijo, se revalorarán diversos patrimonios naturales que posee, por ejemplo, la región cusqueña; entre ellos, Vinicunca, la montaña de siete colores; Palcoyo, la montaña arcoíris alternativa; Humantay, la laguna sagrada, entre otros.
“Si bien la ley anterior señalaba que solamente las direcciones desconcentradas de cultura y los gobiernos locales podían acceder a los recursos de los boletos turísticos, hoy planteamos que se implementen comités turísticos en los cuales las direcciones de cultura, Ministerio del Ambiente, gobiernos locales y los gobiernos regionales (Dircetur o Gercetur) sean beneficiarios de los fondos recaudados”, subrayó.
El boleto turístico es un documento personal e intransferible por el que se obtiene el derecho de ingreso temporal a zonas, monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos integrantes del patrimonio cultural de la Nación, administrados por el Ministerio de Cultura y que forman parte de los circuitos o corredores turísticos.
En el caso del Cusco, en 1978, la Municipalidad Provincial del Cusco, creó el Boleto Turístico Cusco (BTC), inicialmente compuesto por la municipalidad, el INC, el Arzobispado y Dircetur, funcionando bajo la administración de la OFEC, encargada de la administración y ejecución de las inversiones de la municipalidad. En el 2006 se crea la Ley del Boleto Turístico (Ley 28719).