Resolución de Gerencia General Regional N.° RGG.0118.2024

5 de junio de 2024

DAR CUMPLIMIENTO al mandato judicial contenido en la Sentencia de Primera Instancia de 16 de noviembre del 2019, emitida por el Quinto Juzgado de Trabajo del Cusco, confirmada con la Resolución N° 35 de fecha 31 de octubre de 2020 del Proceso Judicial N° 00772-2015-0-1001-JR-LA-02, dado que DECLARÓ FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por Milagros SAIRF RAMOS, contra el GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, representado por su Presidente, Gerente del Gobierno Regional del Cusco, y la Abogada de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, en consecuencia DECLARÓ que el despido de hecho del que fue objeto el actor, ha sido contrario al derecho establecido a favor de ella en el artículo 1° de la Ley N° 24041, por tanto ORDENÓ se RESTABLEZCA el derecho al trabajo de la demandante, afectado por el despido arbitrario ilegal. Por ello, ORDENÓ se RESTABLEZCA el derecho al trabajo de la demandante, afectado por despido arbitrario e ilegal; DISPONER que el Gobierno Regional de Cusco, mediante su Gobernador, REPONGA a la demandante MILAGROS SAIRF RAMOS como trabajadora contratada para labores de naturaleza permanente, dentro de los alcances del Art. 276, sin que ello implique su ingreso a la carrera administrativa, en el último cargo que venía desempeñando del mes de diciembre del 2014 como ABOGADA de la OFICINA REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA del Gobierno Regional del Cusco.

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