Resolución Ejecutiva Regional N.° RER.0023.2025

28 de enero de 2025

DECLARAR INFUNDADO, el recurso administrativo de Apelación interpuesto por ALBERTO ZAMALLOA HERRERA, SONIA ZAMALLOA HERRERA, MYRIAM ZAMALLOA HERRERA, NORMA ZAMALLOA HERRERA y ANA YSABEL ZAMALLOA HERRERA, herederos de Q.E.V.F. Alberto Juan Julio Zamalloa Alcocer (ex pensionista), contra la Resolución Gerencial Regional N° 2933-2024-GR CUSCO/GEREDU del 03 de diciembre de 2024, emitida por la Gerencia Regional de Educación, sobre el reintegro de los siguientes rubros: a)Bonificación personal, equivalente al 2% de la remuneración básica, considerando lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 105-2001, concordante con lo previsto en el artículo 52 de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria; b) Beneficio Adicional por Vacaciones, dispuesto en el artículo 218 del Reglamento de dicha ley; Y, c) Pago de los Decretos de Urgencias N° 090-96, 073-97 y 011-99, equivalente al 16%, en razón a la remuneración total o integra, así como el pago de devengados e intereses legales; consecuentemente, CONFÍRMESE la recurrida en todos sus extremos por estar acorde a Derecho y la Ley, y de conformidad a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ejecutiva Regional.

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