Resolución Ejecutiva Regional N.° RER.0058.2024

4 de marzo de 2024

DECLARAR, INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por DINA MARGOT CASAPINO DE GAMARRA Y OTROS, que intervienen como sucesores legales de la causante Q.E.V.E doña Jesús Evangelina Cárdenas Huayllaro de Casapino (ex pensionista) contra Ia Resolución Gerencial Regional NO 3303-2022-GR CUSCO/GEREDU de fecha 20 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Educación Cusco, sobre e/ recálculo y pago de los siguientes rubros remunerativos: a)Bonificación Especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% sobre la base de la remuneración total íntegra, b) Bonificación Adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión, equivalente al 5% de la remuneración total o íntegra y c) Bonificación diferencial, equivalente al 30% sobre la base de Ia remuneración total íntegra a partir del mes de febrero del año 1990, en aplicación al artículo 48 de la Ley N°24029, modificado por Ley 25212 y artículos 210 y 211 del Decreto Supremo N° 019-90-ED, devengados e intereses legales; en consecuencia, CONFÍRMESE Ia recurrida en todos sus extremos de conformidad con los argumentos expuestos en Ia parte considerativa de Ia
presente Resolución Ejecutiva Regional.

Vista preliminar de documento RER00582024

RER00582024

PDF
5.5 MB