Resolución Ejecutiva Regional N.° RER.0058.2024
4 de marzo de 2024
DECLARAR, INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por DINA MARGOT CASAPINO DE GAMARRA Y OTROS, que intervienen como sucesores legales de la causante Q.E.V.E doña Jesús Evangelina Cárdenas Huayllaro de Casapino (ex pensionista) contra Ia Resolución Gerencial Regional NO 3303-2022-GR CUSCO/GEREDU de fecha 20 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Educación Cusco, sobre e/ recálculo y pago de los siguientes rubros remunerativos: a)Bonificación Especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% sobre la base de la remuneración total íntegra, b) Bonificación Adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión, equivalente al 5% de la remuneración total o íntegra y c) Bonificación diferencial, equivalente al 30% sobre la base de Ia remuneración total íntegra a partir del mes de febrero del año 1990, en aplicación al artículo 48 de la Ley N°24029, modificado por Ley 25212 y artículos 210 y 211 del Decreto Supremo N° 019-90-ED, devengados e intereses legales; en consecuencia, CONFÍRMESE Ia recurrida en todos sus extremos de conformidad con los argumentos expuestos en Ia parte considerativa de Ia
presente Resolución Ejecutiva Regional.
