Se iniciará saneamiento físico legal de predios e inmuebles de IIEE
Nota de prensa• Decreto Supremo Nº011-2022-MINEDU, aprueba el reglamento de la ley N° 31318 que faculta a direcciones regionales a llevar adelante dicho proceso

1 de agosto de 2022 - 11:25 a. m.
“El saneamiento físico legal de predios e inmuebles de escuelas y colegios públicos permitirá la inversión privada y obras por impuestos para atender la infraestructura educativa que cuenta con más de 50 años de antigüedad en la región Callao, así lo anunció la directora regional de Educación, Lic. María Victoria Madrid Mendoza, luego de que el ministerio de educación publicó el Decreto Supremo Nº 011-2022-MINEDU que aprueba el Reglamento de Ley N°31318 que permite regularizar situación jurídica y física de las propiedades..
La autoridad educativa dijo que, ahora se podrá regularizar la situación jurídica y física de las propiedades e inscribirlas ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), para lo cual el Minedu también ha creado la Plataforma Virtual de Seguimiento para verificar el estado de los procesos de saneamiento físico legal.
En el caso del Callao, Madrid Mendoza dijo que existe un déficit de infraestructura, ya que el 92% de locales educativos requiere intervención, lo cual viene siendo atendido por el CAFED y el GORE, pero hay un 49% de la totalidad de infraestructura educativa que requiere de una nueva construcción porque fueron construidos hace más de 50 años.
“Es importante que nuestros estudiantes cuenten con los ambientes en buen estado para el logro de los aprendizajes esperados, lo cual sin duda garantizará un servicio educativo de calidad”, dijo la autoridad educativa.
Cabe mencionar que la norma faculta al MINEDU y las DRE a verificar el levantamiento topográfico y su georreferenciación, analizar la información técnica y legal, evaluar la información vial vigente y cualquier otro documento que corresponda con el objetivo de acelerar los trámites de legalización para efectuar el saneamiento respectivo; en tanto que las unidades de gestión educativa local (UGEL) brindarán apoyo en recopilar la documentación técnico legal de los predios objeto de saneamiento.
De la misma manera se refirió que la Procuraduría Pública del MINEDU y de los gobiernos regionales serán los órganos encargados de brindar y recabar toda información relacionada con la existencia de procesos judiciales o extrajudiciales vigentes sobre los predios estatales y bienes inmuebles materia de saneamiento, con la finalidad de avanzar en la ejecución del Saneamiento Físico Legal.
Se dijo que la norma no será aplicable si el predio se encuentra inscrito a favor de particulares y no cuenta con el respectivo título comprobatorio de dominio, o si el predio forma parte del patrimonio de los gobiernos regionales y cuenta con otros derechos a su favor; en ese caso se aplicarán las normas vigentes que rigen el Sistema Nacional de Bienes Estatales.
También se informó respecto a los predios estatales y bienes inmuebles en los que se prestan servicios educativos públicos que no se encuentran inscritos en el Registro de Predios de la SUNARP, y que no constituyan propiedad de particulares ni de las comunidades campesinas o nativas, la posesión se acreditará con documentos de creación, funcionamiento o traslado de las instituciones educativas que acrediten la posesión, así como la inspección en campo que debe constar en informes técnicos.
Finalmente, el Minedu y las DRE podrán solicitar a las Oficinas Registrales desconcentradas de la SUNARP el Certificado de Búsqueda Catastral de los predios estatales o bienes inmuebles materia de Saneamiento Físico Legal; dicho certificado deberá contener los informes técnicos que lo sustentan, así como la información gráfica y digital (DWG, DXF o SHAPEFILE), los cuales tienen carácter vinculante en el aspecto técnico.
OFICINA DE PRENSA Y COMUNICACIONES DREC