Resolución Directoral N.° 220-2025-GRC/DIRESA/DG
23 de abril de 2025
NO HABER MÉRITO PARA IMPONER SANCIÓN ADMINISTRATIVA DISCIPLINARIA, a las servidoras María de Fátima AGUILAR RIVERA y María Trinidad AGUIRRE ESCOBAR, respecto de la comisión de la falta disciplinaria tipificada en el inc. d) del artículo 85° de la Ley N° 30057-Ley del Servicio Civil; “La negligencia en el desempeño de sus funciones”, al no determinarse la responsabilidad administrativa y consecuentemente, ARCHIVESE el procedimiento administrativo disciplinario que se le instauró, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.