Resolución Directoral N.° 852-2024-GRC/DIRESA/DG
25 de setiembre de 2024
Se RECTIFICA los errores materiales incurridos en la resolución directoral N° 244-2024-GRC/DIRESA/DG, de fecha 9 de mayo de 2024, en los extremos siguientes
Cuarto considerando
DICE:
“Que, acuerdo con el Informe Situacional Actual emitido por la Unidad de Selección, Escalafón y Control de Asistencia de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos el profesional Hans Francisco CÁJAN VALQUI (…)”.
DEBE DECIR:
“Que, acuerdo con el Informe Situacional Actual emitido por la Unidad de Selección, Escalafón y Control de Asistencia de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos el profesional Hans Francisco CAJAN VALQUI (…)”.
Sexto considerando
DICE:
“Que, mediante Informe N° 0034-2024-GRC/DIRESA/DRSBEPECA, de fecha 13 de marzo de 2024, el Director de Red de Salud de la Dirección de Red de Salud BEPECA de la Dirección Regional de Salud del Callao, manifiesta que desde el mes de enero de 2023 se remitió la propuesta para asumir la jefatura del Puesto de Salud El Álamo al profesional de la salud Hans Francisco CÁJAN VALQUI (…)”.
DEBE DECIR:
“Que, mediante Informe N° 0034-2024-GRC/DIRESA/DRSBEPECA, de fecha 13 de marzo de 2024, el Director de Red de Salud de la Dirección de Red de Salud BEPECA de la Dirección Regional de Salud del Callao, manifiesta que desde el mes de enero de 2023 se remitió la propuesta para asumir la jefatura del Puesto de Salud El Álamo al profesional de la salud Hans Francisco CAJAN VALQUI (…)”.
Noveno párrafo del considerando
DICE:
“Que, en concordancia con el numeral 17.1 del artículo 17 del texto ordenado de la ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; a fin de que se aplique la eficacia anticipada está sustentada en lo siguiente: i) el acto administrativo es favorable al servidor y a los administrados, ya que fecha 31 de diciembre de 2023 se dio término al contrato administrativo de servicios del profesional de la salud Guillermo Jesús TARAZONA LACTAYO, y se propone a su par en su reemplazo (…)”.
DEBE DECIR:
“Que, en concordancia con el numeral 17.1 del artículo 17 del texto único ordenado de la ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; a fin de que se aplique la eficacia anticipada está sustentada en lo siguiente: i) el acto administrativo es favorable al servidor y a los administrados, ya que fecha 31 de diciembre de 2022 se dio término al contrato administrativo de servicios del profesional de la salud Guillermo Jesús TARAZONA LACTAYO, y se propone a su par en su reemplazo (…)”.
Artículo Primero:
DICE:
“ARTÍCULO PRIMERO .– ASIGNAR, con eficacia anticipada del 11 de enero de 2023; a favor del profesional de la salud Hans Francisco CÁJAN VALQUI, Médico, contratado bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), las funciones de Jefe del Puesto de Salud El Álamo de la Microrred de Salud Sesquicentenario de la Dirección de Red de Salud BEPECA.
Artículo Segundo:
DICE:
“ARTÍCULO SEGUNDO. – PRECISAR que el profesional de la salud Hans Francisco CÁJAN VALQUI, continuará percibiendo el monto de la valorización de acuerdo a su contrato y al término de la presente asignación, retornará a las funciones de su cargo médico”.
DEBE DECIR:
“ARTÍCULO SEGUNDO. – PRECISAR, que el profesional de la salud Hans Francisco CAJAN VALQUI, continuará percibiendo el monto de la valorización de acuerdo a su contrato y al término de la presente asignación, retornará a las funciones de su cargo médico”.