Resolución Ejecutiva Regional N.° D50-2024-GR.CAJ/GR
27 de febrero de 2024
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR la Nulidad de Oficio del Procedimiento de Selección de la Adjudicación Simplificada N° 048-2023-GR.CAJ - Primera Convocatoria, que tiene por objeto la Contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la Elaboración del Expediente Técnico del proyecto de inversión: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN I.E. 82089 DE CENTRO POBLADO PENIPAMPA DISTRITO DE PEDRO GÁLVEZ DE LA PROVINCIA DE SAN MARCOS DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA” con CUI N° 2578397, al haberse vulnerado lo establecido en el literal c) del artículo 2° Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado; encontrándonos bajo supuesto de nulidad, al configurase la causal de contravención a las normas legales, regulada en el numeral 44.1 y 44.2 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias. Debiendo retrotraerse el procedimiento de selección hasta la ETAPA DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.