Resolución Ejecutiva Regional N.° D216-2022-GR.CAJ/GR

19 de agosto de 2022

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR, la NULIDAD de OFICIO del CONTRATO N° 001-2020-GRC-GGR, derivado de la Licitación Pública N° 005-2020-GR.CAJ – Primera Convocatoria; suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y el Consorcio Carretera Cajamarca, cuyo objeto es la ejecución de la obra denominada: “Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE 06B (Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE - 06C (El Empalme) - Cajamarca - Saldo de Obra”, por el monto de S/ 88´760,837.60 (Ochenta y Ocho Millones Setecientos Sesenta Mil Ochocientos Treinta y Siete con 60/100 Soles); en consecuencia, NULO y SIN EFECTO LEGAL el Contrato por la transgresión del principio de presunción de veracidad, causal prevista en el literal b) del numeral 44.2 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, que establece: “Después de celebrados los contratos, la Entidad puede declarar la nulidad de oficio en los siguientes casos: (…) b) Cuando se verifique la trasgresión del principio de presunción de veracidad durante el procedimiento de selección o para el perfeccionamiento del contrato, previo descargo”, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Vista preliminar de documento RER D216-2022-GR.CAJ/GR

RER D216-2022-GR.CAJ/GR

PDF
651.6 KB