Resolución Gerencial General Regional N.° D000155-2021-GRC
17 de junio de 2021
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PRESCRITAS LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS DISCIPLINARIAS en contra el Ing. MIGUEL ALBERTO OLIVARES AYALA, Subgerente de Promoción de la Inversión Privada, en el período del 03 de enero de 2011 al 07 de enero de 2015, respecto de la presunta comisión de la falta prevista en el artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil, que prescribe: literal “d) La negligencia en el desempeño de las funciones”, ello por el incumplimiento de la función específica del Subgerente de Promoción de la Inversión Privada, regulada en el literal a) del Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional Cajamarca, que establece: “Planear, dirigir, proponer, organizar, coordinar, y evaluar las acciones inherentes a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos regionales en materia de promoción de la inversión privada en los sectores de su competencia en concordancia con las políticas sectoriales nacionales y prioridades de desarrollo regional.”; concordante con el numeral 6) del Art. 1° de la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG, que señala como norma que regula la ejecución de las obras por Administración Directa, lo siguiente: “La Entidad contará con una Unidad Orgánica responsable de cautelar la supervisión de obras programadas.”; toda vez que el servidor en su condición de Subgerente de Promoción a la Inversión Privada y representante del área usuaria, no informó sobre las diversas paralizaciones entre el año 2012 y 2015 para ser tramitadas de manera eficiente y oportuna y así solicitar las ampliaciones de plazo y ser aprobadas conforme la Directiva N° 005-2012-GR.CAJ-GRPPAT-SGDI “Normas para la ejecución de obras bajo la modalidad de administración directa en el Gobierno Regional de Cajamarca”, situación que conllevó a que en el año 2018, resultaren imposibles su aprobación por ya no ajustarse a las condiciones y requisitos exigidos por la normativa; ello en el proyecto “Construcción y mejoramiento del canal Santa Ana, Distrito Sitococha, Provincia de Cajabamba, Cajamarca-SNIP N° 135524-Código de Inversiones N° 2132783”.; en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. ARCHÍVESE como corresponda.