Resolución Ejecutiva Regional N.° D000257-2020-GRC-GR
14 de octubre de 2020
ARTICULO PRIMERO. - DELEGAR en el GERENTE GENERAL REGIONAL, adicionalmente a las funciones inherentes a su cargo, las siguientes funciones: 1. Delegación en materia de Gestión de Recursos Humanos: a) SUSCRIBIR las Resoluciones de Encargatura de los Gerentes Regionales y Directores Regionales de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca. b) AUTORIZAR los viajes al interior del país en comisión de servicios, de los Gerentes Regionales y Directores Regionales de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, que no excedan los quince (15) días calendario. 2. Delegación en temas del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público: a) Atender la suscripción de contratos con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial – FAG y/o trámites relacionados al mismo. b) Remitir las solicitudes para el registro de contrato. c) Suscribir el Contrato de Locación de Servicios. d) Suscribir el Anexo N° 1 “Términos de Referencia del Servicio”. e) Remisión de solicitud para prórroga y/o renovación de contratos. f) Suscribir el Anexo N° 8 – “Adenda”. g) Remitir la solicitud para el pago correspondiente. h) Otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650. 3. Delegación en materia de contratación pública bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento: a) Delegar en el Gerente General Regional del Gobierno Regional Cajamarca, la atribución para aprobar, suscribir, resolver y liquidar contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de Proyectos de Inversión y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia cuya titularidad corresponde al Gobierno Regional de Cajamarca. b) Aprobar, autorizar y supervisar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras. c) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Gobierno Regional de Cajamarca y sus modificaciones. d) Aprobar Expedientes de Contratación de los Procedimientos de Selección de Obras y Consultorías de Obras, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. e) Aprobar bases de los Procedimientos de Selección de Obras y Consultorías de Obras, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. f) Cancelar la suscripción de Contratos derivados de los Procedimientos de Selección de Obras y Consultorías de Obras, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. g) Disponer la cancelación de los procedimientos de selección. h) Resolver los recursos de apelación derivados de procedimientos de selección. i) Designar Comités Especiales Ad Hoc y Comités Especiales Permanentes, conforme lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en función de las Contrataciones de bienes, servicios, consultorías en general, obras y consultoría de obras que requiera el Gobierno Regional de Cajamarca.j) Declarar la Nulidad del Procedimiento de Selección, en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e Integración de bases, incurra en algunos de los supuestos previstos en el numeral 44.2 de la Ley de Contrataciones del Estado. De conformidad a lo establecido en el numeral 72.7 del artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. k) Autorizar las prestaciones adicionales de obras, bienes, servicios y Consultoría de Obras, así como autorizar su ejecución, en lo que fuera aplicables dentro de los límites establecidos en el marco de las normas de Contratación Pública. l) Aprobar y ordenar las reducciones de prestaciones de Obra y Consultoría de Obras en el marco de las normas de Contratación Pública. m) Aprobar la intervención económica de obras. n) Suscribir Cartas Notariales de apercibimiento referidas a Contratos de Obra, Consultorías de Obra y Convenios, así como suscribir los actos administrativos de resolución de los mismos, conforme el Procedimiento regulado por las normas de Contratación Pública. o) Suscribir los contratos con los postores ganadores de los procedimientos de selección de obras y consultoría de obras, una vez que la buena pro haya quedado consentida o administrativamente firme, conforme a lo establecido en las normas de Contratación Pública. p) Otorgar y suscribir Constancias de Prestación de ejecución de obras y Consultoría de Obras, previo informe técnico emitido por las áreas usuarias responsables de la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas de Contratación Pública.q) Autorizar el pago de mayores metrados de obra, en los contratos suscritos bajo el Sistema de Precios Unitarios, en el marco de las normas de Contratación Pública. 4. Delegación en Materia de Conciliaciones y Arbitrajes: a) Autorizar al/la Procurador/a Público Regional y Procurador/a Público Regional Adjunto/a; la facultad de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, en el marco de los Numerales 224.2 y 224.3 del Art. 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, previo informe del Procurador Público. b) Autorizar al/la Procurador/a Público Regional y Procurador/a Público Regional Adjunto/a; la facultad de conciliar, transigir o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio o transacción, dentro del Proceso Arbitral conforme a las reglas contenidas en el D. Leg N° 10714, modificado por el D. U N° 020-2020. c) Aprobar la designación de los árbitros por parte del Gobierno Regional de Cajamarca, en el marco del Numeral 230.2 del Art. 230 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. d) Y demás facultades que correspondan ser delegadas en el marco del D. Leg N° 1326 y su Reglamento aprobado por el D. S N° 018-2019-JUS, previo informe del Procurador Público.5. Delegación en materia de gestión administrativa y presupuestal: a) DELEGAR en el Gerente General Regional la representación legal del Gobierno Regional ante cualquier autoridad administrativa, así como suscribir convenios, contratos y toda actuación administrativa derivada de los mencionados convenios y contratos suscritos; salvo los casos en los que el Gobernador Regional decidiera avocarse. b) Aprobar las medidas de racionalidad del gasto público para el correspondiente año fiscal. c) Realizar acciones administrativas en lo referente a la enajenación y/o disposición de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional de Cajamarca, en el marco de las disposiciones legales de austeridad y racionalidad del gasto público, así como las acciones de saneamiento físico legal de los mismos. d) Aprobar modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático, sobre la base del Informe de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dando cuenta al despacho del Gobernador Regional.e) Implementar, disponer y monitorear la implementación de las recomendaciones provenientes del Órgano de Control Institucional y/o Contraloría. f) Aprobar directivas, instructivos, manuales, circulares y/u otros documentos de gestión interna que permitan la racionalización del gasto público y el manejo adecuado de los recursos públicos asignados por toda fuente de financiamiento a los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional de Cajamarca. Así como todo documento que tenga carácter normativo, que regule los actos de administración interna, elaboración y aprobación de documentos de gestión, trámites internos y lineamientos técnicos normativos y metodológicos, tendientes a agilizar y modernizar los procedimientos de gestión del Gobierno Regional. g) Aprobar Expedientes Técnicos de Inversiones; elaborados por las Gerencias Regionales de Desarrollo Social, Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (RENAMA) y Desarrollo Económico. h) Resolver las solicitudes de Ampliaciones de Plazo, Ampliaciones Presupuestales y Reducciones Presupuestales, de la Ejecución de Inversiones a cargo de las Gerencias Regionales de Desarrollo Social, Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (RENAMA) y Desarrollo Económico, en Proyectos ejecutados bajo lo modalidad de Administración Directa en el marco de la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG y en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. i) Autorizar, la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos, así como la ejecución de las Inversiones declaradas viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto. Los proyectos viables aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren una autorización expresa, salvo para aquellos Proyectos de Inversión Pública que implican modificación presupuestaria. j) Otorgar garantías nominales y de cualquier otra naturaleza a favor de instituciones públicas y/o privadas, nacionalices o extranjeras para el afianzamiento de todo tipo de obligaciones del Gobierno Regional, sean de naturaleza civil, comercial, administrativa, tributaria, aduanera, penal, laboral, sin reserva ni limitación alguna.k) Aprobar las Liquidaciones Técnico Financiera bajo cualquier modalidad de ejecución presupuestal5, disponiendo la culminación y cierre de los Proyectos de Inversión en la fase de inversión, y su transferencia al sector correspondiente para su administración y gestión operativa.