Resolución Gerencial Regional N.° 116-2024-GRA]/GG-GRDS
RECTIFICAR el error material contenido en los artículos segundo tercero y cuarto de la Resolución Gerencial Regional N.º 0071-2024-GRA/GR-GG-GRDS de fecha 22 de abril de 2024, quedando redactado de la
18 de junio de 2024
RECTIFICAR el error material contenido en los artículos segundo tercero y cuarto de la Resolución Gerencial Regional N.º 0071-2024-GRA/GR-GG-GRDS de fecha 22 de abril de 2024, quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho que, en el plazo de 48 horas emita NUEVA Resolución Administrativa a favor de NIVARDO ARONES GARCIA, disponiendo el reconocimiento y reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, en el equivalente al 30% de su remuneración total o Integra, por los periodos en que fue contratado como docente; mas el pago de los intereses legales, sin costas ni costos; y el 5% de bonificación por desempeñar cargo directivo, así como en el extremo de que la bonificación especial por preparación de clases sea nivelada hasta la actualidad. Bajo responsabilidad
ARTICULO TERCERO. - DISPONER a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho que, la expedición de nueva resolución debe sujetarse conforme al procedimiento establecido en el articulo 45° numeral 45.3 del T.U.O. de la Ley N°27584, aprobado por el Decreto Supremo N°011-2019-JUS. Sin costas y costos.
ARTICULO CUARTO. - NOTIFICAR a la interesada, al órgano jurisdiccional correspondiente, a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho e instancias que correspondan con las formalidades de Ley.”
“ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho que, en el plazo de 48 horas emita NUEVA Resolución Administrativa a favor de NIVARDO ARONES GARCIA, disponiendo el reconocimiento y reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, en el equivalente al 30% de su remuneración total o Integra, por los periodos en que fue contratado como docente; mas el pago de los intereses legales, sin costas ni costos; y el 5% de bonificación por desempeñar cargo directivo, así como en el extremo de que la bonificación especial por preparación de clases sea nivelada hasta la actualidad. Bajo responsabilidad
ARTICULO TERCERO. - DISPONER a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho que, la expedición de nueva resolución debe sujetarse conforme al procedimiento establecido en el articulo 45° numeral 45.3 del T.U.O. de la Ley N°27584, aprobado por el Decreto Supremo N°011-2019-JUS. Sin costas y costos.
ARTICULO CUARTO. - NOTIFICAR a la interesada, al órgano jurisdiccional correspondiente, a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho e instancias que correspondan con las formalidades de Ley.”
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL