Resolución Directoral Regional N.° 391-2020-GRA/GR-GG-ORADM-ORH
DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADM. al ing. ISMAEL QUISPE...
3 de diciembre de 2020
DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los siguientes servidores: Ing. ISMAEL QUISPE SILVERA en su condición de Presidente, Ing. GERMÁN ÁLVAREZ ENRÍOUEZ , en su condición de miembro y el Ing. ARISTEO SÁNDALO BERROCAL HUAMÁN, en su condición de Asesor, del Comité de Recepción y Liquidación de contrato de la Obra: "Contratación para la Elaboración de Expediente Técnico y ejecución de Seis (06) Instituciones Educativas del Nivel Inicial en el Ámbito de la Provincia de Vilcashuamán-Región Ayacucho", del Gobierno Regional de Ayacucho, designado mediante Resolución Gerencial Regional N° 056-2016-GRA/GG-GRI, de fecha 24 de mayo de 2016, por la presunta comisión de FALTA DE CARÁCTER DISCIPLINARIO prevista en el literal q) Las demás que señale la ley, del artículo 85° de la Ley de Servicio Civil - Ley N° 30057, Falta por inobservancia a lo dispuesto por la Ley N° 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública; Artículo 6, numeral 3. Eficiencia: "Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo", procurando obtener una capacitación sólida y permanente (el resaltado es nuestro), y Artículo 7, numeral 6. Responsabilidad.- Todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública (el resaltado es nuestro), conforme a los fundamentos precedentemente expuestos.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCION DIRECTORAL (ORH)