Resolución Directoral Regional N.° 147-2020-GRA/GR-GG-ORADM

DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO a la servidora CPC. Violeta Lourdes Cárdenas...

24 de junio de 2020

DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra la servidora CPC. Violeta Lourdes Cárdenas Infanzón, en su condición de Directora de la Oficina de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal - Órgano Encargado de las Contrataciones, del Gobierno Regional de Ayacucho, por la presunta comisión de FALTA DE CARÁCTER DISCIPLINARIO prevista en el literal g) Las demás que señale la ley, del artículo 85º, de la Ley de Servicio Civil - Ley Nº 30057, Falta por Incumplimiento de la Ley Nº 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública - Infracciones a los Deberes de la función pública que tiene todo servidor público, establecidas en el artículo 7°. El servidor público tiene los siguientes deberes: numeral 6. Responsabilidad, Todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública. Conforme a los fundamentos precedentemente expuestos.

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