Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 0302-2021
RDRS-0302-2021-GRA/GR-GGR-GRDE-DRA-DR
11 de agosto de 2021
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de rectificación de área del territorio de la comunidad campesina de Llumchicancha Ccehuarpuquio Viscachayocc, ubicado en la jurisdicción del distrito Los Morochucos de la Provincia de Cangallo Región Ayacucho, porque el titulo escritura pública de cancelación presentada por el administrado Rubén Uriel Canchari Chuchon, identificado con DNI N° 28214105, para rectificar el área de su territorio está declarada nula concerniente a la antepenúltima y penúltima hoja resuelta así por la resolución N° 57-74 -sentencia- del 12 de julio de 1974 y confirmada por la sentencia de ejecutoria suprema del 11 de octubre de 1974 en el proceso de deslinde parcial y otros. Iniciar una rectificación de áreas con los linderos señalados en la antepenúltima y penúltima hoja de la escritura de cancelación del 18 de abril de 1914 declarados nulos, vulneraria el articulo 4 del Tuo de la ley Orgánica del Poder Judicial por qué modificaria lo resuelto por la resolución N° 57-74 del 12 de julio de 1974 y la sentencia ejecutoria suprema del 11 de octubre de 1974, que fijan como línea divisoria, al camino de herradura que conduce de Cangallo a Ayacucho, partiendo del punto denominado "Accoccasa" ó" Yuracc Ccasa ubicada al oeste del predio sub-Litis de alli una línea que e prolonga hacia el este, siguiendo el camino de herradura tocando en Condor Illapascca, EspejoyocoMachay Pata o Maray Pata, Maraycera hasta el de Rio Chanquil Mayo y por los argumentos expuestos lineas arriba.