Trabajadores que laboren el martes 23 de julio tendrán triple remuneración

Nota de prensa
El martes 23 de julio es considerado feriado nacional por el “Día de la Fuerza Aérea del Perú”, en conmemoración al Capitán FAP, José Abelardo Quiñones Gonzáles”.
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22 de julio de 2024 - 3:28 p. m.

Este “descanso obligatorio”, previo a los días feriados por Fiestas Patrias, rige para el sector público y privado. En ese sentido, la gerenta regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Catherine Rodríguez Torreblanca, aclaró que los servidores que laboren ese día deberán recibir tres remuneraciones equivalentes a los siguientes conceptos; por el día laborado, por el feriado propiamente dicho y una remuneración adicional por la sobretasa del 100% por el trabajo realizado. Lo mismo ocurrirá con los feriados del 28 y 29 de julio.

Rodríguez Torreblanca aclaró, además que, para los feriados nacionales en mención, los trabajadores de las entidades estatales no tendrán que compensar el día con horas adicionales, caso contrario ocurre con los días no laborables dispuestos en el marco del Decreto Supremo N° 011-2024-PCM, estipulados para los empleados del sector público.

En ese contexto, añadió que, en el marco de la norma en mención, el viernes 26 de julio se ha declarado “Día no laborable compensable” para los servidores del Estado, por lo que, las horas dejadas de trabajar, deberán ser compensadas según corresponda en los próximos 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Cabe señalar, que los días no laborables en el sector público para este año son los siguientes: 26 de julio, lunes 7 de octubre, viernes 6 de diciembre, lunes 23 y martes 24 de diciembre, lunes 30 y martes 31 de diciembre.

Se debe remarcar que las entidades y empresas sujetas a régimen laboral de actividad privado que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad y otros, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables. Así, por ejemplo, los trabajadores de la Seguridad Social, Ministerio de Salud, Policía Nacional, suelen laborar los días en mención.