Ordenanza Regional N.° 512-2023-AREQUIPA
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 492-AREQUIPA, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION REGIONAL ANTICORRUPCION DE AREQUIPA
8 de junio de 2024
PRIMERO.- INCORPORAR el Art. 15-a al Reglamento Interno de la Comisión Anticorrupción, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
Articulo 15-A.- VICEPRESIDENCIA
Ante la ausencia y/o impedimentos que impidan la presencia del presidente de la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa, en Sesiones Ordinarias, extraordinarias o en Actos Protocolares, será suplido automáticamente mientras dure la ausencia o impedimento, por un Vicepresidente; cargo que recaerá en cualquiera que el Pleno Titular lo designe por mayoría, de preferencia en un ex miembro titular de la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa. El mismo que, será elegido en cuales quiera de las sesiones ordinarias de la Comisión. Además, el Vice Presidente asistirá a las sesiones ordinarias y extraordinarias con voz y voto, en ausencia y/o impedimentos del Presidente.
Articulo 15-A.- VICEPRESIDENCIA
Ante la ausencia y/o impedimentos que impidan la presencia del presidente de la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa, en Sesiones Ordinarias, extraordinarias o en Actos Protocolares, será suplido automáticamente mientras dure la ausencia o impedimento, por un Vicepresidente; cargo que recaerá en cualquiera que el Pleno Titular lo designe por mayoría, de preferencia en un ex miembro titular de la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa. El mismo que, será elegido en cuales quiera de las sesiones ordinarias de la Comisión. Además, el Vice Presidente asistirá a las sesiones ordinarias y extraordinarias con voz y voto, en ausencia y/o impedimentos del Presidente.