Resolución Ejecutiva Regional N.° 381-2019-GRA/GR

31 de julio de 2019

DELEGAR al Gerente General Regional la facultad de declarar la nulidad del pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases, en caso se incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley, para los procedimientos convocados a partir del 30 de enero de 2019, ello conforme a lo dispuesto en el Texto Único de la Ley de Contrataciones del Estado, y su respectivo Reglamento.

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