Ordenanza N.° 379-AREQUIPA
26 de agosto de 2017
Modifíquese los artículos 1° y 2° de la Ordenanza Regional N°361-AREQUIPA, los cuales quedarán redactados de la siguiente:
Articulo1.-DECLARAR DE INTERES REGIONAL la lucha contra los delitos aduaneros y la piratería, con tal objeto se instituye como política regional la promoción y difusión de spots publicitarios, mensajesy acciones de sensibilización y concientización con contenidos orientados al rechazo de los delitos aduaneros y piratería en las salas de espera de las instituciones públicas y privadas a nivel regional.
Para el caso de las instituciones privadas se entenderá que la exigencia de difundir el material al que se refiere elpárrafo anterior, deberá efectuarse en terminales terrestres, aeropuertos, salas de cine u otras que podrán ser incorporadas por Decreto Regional.
Encárguese a las Gerencias Regionalesde Producción, Educación, Transporte y Comunicaciones las acciones de control que correspondan".
Articulo2.- DISPONER que las Empresas de Transporte Interprovincial de Pasajeros de la Región Arequipa en forma obligatoria difundan los spots publicitarios, mensajes con contenidos orientados al rechazo de los delitos aduaneros y piratería que serán proporcionados por la SecretariaTécnica de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería".