Ordenanza N.° 143-2011-GRA

3 de marzo de 2017

Se ordena la APLICACIÓN PREFERENTE la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa aplicará preferentemente los artículos 26.2 y 27.1 de la Ley N° 28411, General del Sistema Nacional de Presupuesto; respecto "al segundo párrafo del literal d) del artículo 90 de la ley N° 29626, de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; en consecuencia, podrá contratar personal por suplencia del titular bajo el presupuesto aprobado y el Régimen legal de la Carrera Pública Administrativa - Decreto legislativo N° 276 Y su Reglamento, siempre y cuando se verifiquen las condiciones señaladas en el artículo 2° de la presente norma.