Ordenanza N.° 130-2011-GRA
3 de marzo de 2017
RATIFICAR la facultad exclusiva y descentralizada del Gobierno Regional para el Otorgamiento de Autorizaciones para Prestar el Servicio de Transporte Público de Personas en Rutas e Itinerarios comprendidos dentro del Ámbito de la Región Arequipa, incluyendo aquellas rutas que utilicen total o parcialmente la Red Vial Nacional; en consecuencia, la recepción, calificación y aprobación de expedientes por parte de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, se realizará de acuerdo a los requisitos establecidos en el TUPA Regional aprobado por Ordenanza Regional Nro. 118-AREQUIPA. |