Ordenanza N.° 082-2009-GRA

15 de junio de 2009

Autorizar al Proyecto Especial Majes Siguas - Primera Etapa, para la suscripción de Addenda con los señores Adjudicatarios de las Secciones PB6 y PB8, para que:((a)) Se deje sin efecto la obligación del adjudicatario de transferir el predio damnificado como pago a cuenta del precio de la parcela; y, ((b)) Quede establecida como forma de cancelación del precio de la parcela adjudicada, el pago en dinero en efectivo del precio referido (obligación de dar suma de dinero) tal y conforme fue establecido en la ley 27887 y el Decreto Supremo Nro 002-2004-VIVIENDA
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