Resolución Gerencial General Regional N.° 051-2018-GRA/GGR
16 de marzo de 2018
DECLARAR NO HA LUGAR el procedimiento administrativo disciplinario (PAD) iniciado, por la inexistencia de responsabilidad administrativa disciplinaria de MANUEL ANTONIO TORRES MONTORO quien se desempeñaba como residente de la obra "Mejoramiento de Oferta de los Servicios Educativos en la I.E. Nuestra Señora de la Asunción, distrito de Arequipa, Provincia de Arequipa Región Arequipa" (II Etapa Implementación) al momento de ocurridos los hechos.
DECLARAR PRESCRITA la potestad sancionadora disciplinaria del Gobierno Regional de Arequipa para proseguir el procedimiento administrativo disciplinario (PAD) iniciado contra FLAVIO ROBERT ZEBALLOS ARIAS y RAMÓN HUAMÁN PAUCAR, quienes se desempeñaban como Residentes de la Obra "Mejoramiento de Oferta de los Servicios Educativos en la I.E. Nuestra Señora de la Asunción, distrito de Arequipa, Provincia de Arequipa Región Arequipa" (I Etapa), al momento de ocurridos los hechos.