Resolución Gerencial General Regional N.° 083-2017-GRA/GGR
21 de marzo de 2017
CONFIRMAR la Resolución Gerencial Regional N° 1971 de fecha 06 de mayo de 2011 que declara improcedente la deducción de excepción de prescripción e incompetencia, e infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el servidor Máximo Simón Lazada Linares, ex Tesorero II de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, quedando subsistente la sanción impuesta en la Resolución Gerencial Regional N° 0532 de fecha 15 de febrero de 2011, respecto al impugnante, a quien se le impuso sanción de suspensión de sus funciones sin derecho a remuneraciones por el lapso de doce (12) días, al haber incurrido en responsabilidad administrativa de incumplimiento de normas establecidas en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa "negligencia en el desempeño de sus funciones", faltas previstas en el Artículo 28º literal a), d) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa Decreto Legislativo N° 276, concordante con el artículo 21º literal a), b) y d) de la norma glosada, contraviniendo las normas contenidas en el Sistema Nacional de Tesorería, artículo 4º capítulo I de Ejecución Financiera de Ingresos.