Resolución Ejecutiva Regional N.° 0831-2013-GRA
17 de setiembre de 2013
Modificar el Numeral 4, del Rubro V. Disposiciones Generales de la Directiva N° 010-2009-GRA/OPDI denominada "Normas para la Fiscalización Posterior de los Procedimientos Administrativos del TUPA del Gobierno Regional de Arequipa" aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 797-2009-GRA/PR, en los términos siguientes:
"El Equipo Técnico de Fiscalización Posterior que atiende los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA Regional, estará integrado por un mínimo de tres (03) Servidores preferentemente profesionales calificados y tendrá como responsable a .un Coordinador General, quien será preferentemente un Directivo y/o Funcionario. Se designará un Equipo Técnico en la Sede Presidencial que incluye a todas sus Unidades Orgánicas, y un Equipo Técnico en las siguientes Dependencias como son: Gerencias Regionales de: Agricultura, Comercio Exterior y Turismo, Educación, Energía y Minas, Producción, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construcción y Saneamiento e Infraestructura; Autoridad Regional Ambiental, Archivo Regional Arequipa y Proyecto Especial Majes-Siguas