Resolución Ejecutiva Regional N.° 0688-2013-GRA
7 de agosto de 2013
Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 443 Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para el Año Fiscal 2013, entre Unidades Ejecutoras, hasta por el monto total de S/. 302,004.00, actuando como habilitadoras las Unidades Ejecutoras 400 Salud Arequipa, por el monto de 12,570.00, Unidad Ejecutora 401 Hospital Goyeneche por el monto de 8,787.00, Unidad Ejecutora 402;Hospital General Honorio Delgado por el monto de 150,911.00 y la Unidad Ejecutora 405 Salud Red Periférica Arequipa, por el monto de S/. 129,736.00 Y como habilitadas las Unidades Ejecutoras 403 Salud Camaná por el monto de S/. 222,328.00, Unidad Ejecutora 404 Salud Aplao por el monto de S/. 72,779.00 Y 406 Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Sur por el monto de S/. 6,897.00 en la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, destinado al financiamiento del costo diferencial del Nombramiento de hasta el 55% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicio y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes 28498 y 28560 Y hasta el 25% del número de los profesionales médicos cirujanos, comprendidos en la Ley 29862, previsto en el Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autorizado en sus literales c) y d).