Resolución Ejecutiva Regional N.° 0692-2011-GRA
31 de agosto de 2011
Declarar INADMISIBLE el recurso de reconsideración interpuesto por la Asociación de Vivienda Granja Huerta, San Pedro y San Pablo representada por su Presidente, don Everardo Cruz Mamani, en contra del Convenio N° 31-201l-GRA/PR de Cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, de fecha 20 de abril del 2011.