Acuerdo Regional N.° 120-2010-GRA

27 de octubre de 2010

Que, los derechos laborales debidamente acreditados y reconocidos por la Constitución Política del Estado, deben ser materia de reconocimiento  por parte de la Autoridad correspondiente; y que cualquier acto que vulnere los mismos, debe ser declarado nulo y sancionado como falta grave bajo el procedimiento correspondiente.

Vista preliminar de documento doc

doc

PDF
357.6 KB