Resolución Gerencial Regional N.° 003-2023-GR-AP/URIMACGRDE
20 de marzo de 2023
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el articulo 191" de la Constitución Poltica del Perú modificada por la Ley N° 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 30305- Ley de Reforma de los articulos 191, 194° y 203º de la Constitución Politica del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes concordantes con el articulo 2º de la Ley N°27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
