Acuerdo de Consejo Regional N.° 085-2024-GR.APURIMAC/CR
30 de diciembre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 27680 "Ley de Reforma Constitucional", concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27857, Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
