Acuerdo de Consejo Regional N.° 084-2024-GR.APURIMAC/CR
30 de diciembre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 27680 "Ley de Reforma Constitucional", concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27857, Orgánica de Gobiernos regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo, conforme indica el artículo 4º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
