Acuerdo de Consejo Regional N.° 076-2024-GR.APURIMAC/CR
30 de octubre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú señala que: "Los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia", norma constitucional concordante con los artículos 2° y 4º de la ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus leyes modificatorias;
Que, el artículo 192º de la ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus leyes modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: 1) Aprobar su organización interna y su presupuesto;
