Acuerdo de Consejo Regional N.° 063-2024-GR.APURIMAC/CR

30 de julio de 2024

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191" de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y Ley N° 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho público, con autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, en ese mismo sentido, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N°. 27867, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un presupuestal;

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ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N°063-2024-GR.APURIMACCR

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