Resolución Directoral N.° 135-2024-GR-APURIMAC/OF.RR.HHyE

4 de setiembre de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER al servidor civil, YESICA AGRADA VALLE, la sanción disciplinaria la DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR EL PERIODO DE TRES (03) DÍAS, prevista en el inciso b) del Artículo 88° de la Ley N° 30057, "Ley del Servicio Civil" por la trasgresión en los los numerales 2) del Artículo 6º, y los numerales 5) y 6) del Artículo 7º, de la Ley la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, tomándose en cuenta que, configuraría la comisión de la presunta falta administrativa disciplinaria prevista en el literal q) del artículo 85° de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, configurándose así la comisión de la falta administrativa disciplinaria referida: "(...) Artículo 85. Faltas de carácter disciplinario Son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con suspensión temporal o con destitución, previo proceso administrativo: (...) q) Las demás que señale la Ley"; sanción que se hará efectiva a partir del día siguiente de su notificación.

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