Resolución Gerencial General Regional N.° 189-2025-GORE APURIMAC/GG
30 de julio de 2025
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER, el pago de doce (12) años de aportes pensionarios por el tiempo que se encontró cesado irregular, conforme lo dispuesto por el artículo 13° de la Ley N° 27803, artículo 1° de la Ley N° 28299, artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 024-2005-TR y el articulo 10° del Decreto Supremo N° 013-2007-TR; debiendo efectuarse con relación a la última remuneración percibida a la fecha en que se produjo el cese, más los intereses legales que correspondan, por el periodo comprendido de 01 de enero de 1996 a 31 de diciembre de 2007, por un monto total de S/ 9,549.31 (nueve mil quinientos cuarenta y nueve con 31/100 soles), en atención al Expediente Judicial N° 00545-2022-0-0302-JR-LA-01, a favor del administrado JESUS ANICETO GUEVARA TICONA, conforme al siguiente detalle:
