Resolución Directoral N.° 045-2023-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHYE.

4 de mayo de 2023

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- CESAR, a partir del 05 de mayo del 2023, por causal de limite de edad (70) años, al servidor en su calidad de nombrado MAURO CHUMPISUCA ARANDO, identificado con DNI Nº08414846 con el cargo de Chofer 111, Nivel Remunerativo STA, Plaza N° 189 de la Sub Gerencia de Servicio y Equipo Mecánico del Gobierno Regional de Apurímac, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N°276,conforme lo establece el literal a) del articulo 35º del Decreto Legislativo N° 276-Ley de Bases de la Carrera administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico ,concordante con el literal) del artículo 186º decreto Supremo N° 005-90-PM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución haciéndole extensivo el agradecimiento por los servicios prestados al Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR VACANTE la plaza N° 189 de la Sub Gerencia de Servicio y Equipo Mecánico, Nivel Remunerativo STA, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, conforme al cuadro para asignación de personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Gobierno Regional de Apurímac, a consecuencia de lo vertido en el Artículo Primero de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- ABONAR, a nombre del servidor MAURO CHUMPISUCA ARANDO la compensación por tiempo de Servicios-CTS, conforme al cálculo efectuado por el Responsable del Área de Remuneraciones, tiempo de servicios veintiocho (43) años, cero (O) meses y cero (02) días, por el monto
otal de S/ 75,375.43 (SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 43/100 SOLES), conforme a lo establecido en la Ley Nº 31585, Decreto Supremo N° 420-2019 y Decreto de Urgencia N° 038-2019,efectuándose el pago previa disponibilidad presupuestal, otorgada por la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Apurimac.
ARTÍCULO CUARTO.-REQUERIR, al servidor MAURO CHUMPISUCA ARANDO realice la entrega formal del cargo de manera documentada de conformidad a lo establecido en el artículo 191º del Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa del Sector Público.
ARTÍCULO QUINTO.-NOTIFICAR, la presente Resolución al administrado y legajo personal e instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO SEXTO.·DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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