Ordenanza Regional N°010 -2025-GR-APURIMAC/CR
Documento de Gestión
4 de julio de 2025
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:
APROBAR la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Apurímac, mediante la incorporación de las funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente"
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Apurímac, mediante la incorporación de las funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en los términos que se detallan a continuación:
- Artículo, 70°-A del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Apurímac, incorporando el literal ff), con el siguiente texto:
- ff). Certificación ambiental de proyectos del sector transportes que se enmarquen en la categoría I: Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y la emisión del acto administrativo en la cual se comunique al titular la conformidad o no conformidad de la Ficha Técnica Socio Ambiental – FITZA de los proyectos de inversión del sector transportes.
- Artículo 74° del mismo reglamento, incorporando los literales w) y x), con los siguientes textos:x). Certificación ambiental de proyectos de inversión en materia de transportes de alcance territorial, correspondiente a la categoría I: Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que cuente con clasificación anticipada que se desarrolle dentro de la Jurisdicción territorial del Gobierno Regional de Apurímac y sean titulares de entidades y/o administrados del ámbito regional o local; así también tendrá el gore Apurímac, la facultad para evaluar las modificaciones y actualizaciones que se desprendan del instrumento aprobado.
y). Emitir el acto administrativo mediante el cual se comunica al titular la conformidad o no conformidad a la Ficha Técnica Socio Ambiental-FITZA de los proyectos de inversión de transportes de alcance del Gobierno Regional de Apurímac.
Dichas modificaciones constan en el ANEXO que, debidamente visado, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencias Regionales y Sub Gerencias, Direcciones Regionales, Oficinas, Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados, Descentralizados y a todas las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional de Apurímac, el estricto cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, se procedan a adecuar los Instrumentos de Gestión Institucional, en el marco de sus respectivas competencias, conforme a la incorporación de las nuevas funciones asignadas, garantizando su alineamiento con la normatividad vigente y los objetivos estratégicos institucionales conforme a las modificaciones aprobadas, mediante la presente Ordenanza Regional del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO TERCERO. - PRECISAR, que los extremos de la Ordenanza Regional N° 001-2018-GR-APURIMAC/CR, quedan inmutables e inalterables en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
