Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000139-2025-DIRESA-RISB-DE
21 de marzo de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR INFUNDADO, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la señora, BERTHA FILOMENA CASTAÑEDA MENDOZA, contra la Resolución Directoral Hospital de Apoyo II “Gustavo Lanatta Luján” N°438 2024-GOB.REG.AMAZONAS-HAGLL-B/D.E., de fecha 02 de diciembre de 2024, la misma que resolvió en DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud sobre RECONOCIMIENTO DE LOS DEVENGADOS, desde el 01- 07 1994 hasta el 30-09-2013, y los INTERESES LEGALES desde el 01-07-94 hasta el 10-11-2024, ascendiente a la suma de S/69,383.31 soles, supuestamente generada por devengados e intereses legales, por el concepto de la bonificación especial previsto en el Decreto de Urgencia N°037-94, por los considerandos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad a lo prescrito en el numeral 228.2, inciso b) del art,228 del TUO Ley N°27444-LPAG.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR al responsable del Área de Informática, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Red Integrada de Salud Bagua.
ARTÍCULO CUARTO.- DAR CUENTA de la Presente Resolución al servidor BERTHA FILOMENA CASTAÑEDA MENDOZA y al Hospital de Apoyo “Gustavo Lanatta Luján” para su conocimiento y para los fines de Ley.
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR INFUNDADO, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la señora, BERTHA FILOMENA CASTAÑEDA MENDOZA, contra la Resolución Directoral Hospital de Apoyo II “Gustavo Lanatta Luján” N°438 2024-GOB.REG.AMAZONAS-HAGLL-B/D.E., de fecha 02 de diciembre de 2024, la misma que resolvió en DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud sobre RECONOCIMIENTO DE LOS DEVENGADOS, desde el 01- 07 1994 hasta el 30-09-2013, y los INTERESES LEGALES desde el 01-07-94 hasta el 10-11-2024, ascendiente a la suma de S/69,383.31 soles, supuestamente generada por devengados e intereses legales, por el concepto de la bonificación especial previsto en el Decreto de Urgencia N°037-94, por los considerandos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad a lo prescrito en el numeral 228.2, inciso b) del art,228 del TUO Ley N°27444-LPAG.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR al responsable del Área de Informática, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Red Integrada de Salud Bagua.
ARTÍCULO CUARTO.- DAR CUENTA de la Presente Resolución al servidor BERTHA FILOMENA CASTAÑEDA MENDOZA y al Hospital de Apoyo “Gustavo Lanatta Luján” para su conocimiento y para los fines de Ley.