Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000421-2024-DIRESA-RISB-DE
14 de octubre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- NOMBRAR, con eficacia a partir del 01 de Octubre de 2024, al Personal Profesional, Técnicos y Auxiliares Asistenciales de la Unidad Ejecutora N° 401 - Red de Salud Bagua, en el marco del literal ñ) del párrafo 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024 y de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, conforme al siguiente detalle:
Segun el cuadro que indica
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el personal de la salud considerado previamente debe hacer la toma de posesión de cargo, a más tardar a los cinco (05) días hábiles de notificada la presente resolución, caso contrario se procederá a dejar sin efecto su nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, que los contratos a plazo fijo del personal de la salud considerado en el artículo primero de la presente resolución, queden resueltos de oficio, como consecuencia de su nombramiento a partir del 01 de Octubre de 2024; asimismo, que el personal de la salud que a la fecha no cuente con vínculo laboral, su nombramiento será efectivo a partir de la fecha de la toma de posesión de cargo.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, que al personal de la salud señalado le corresponde percibir el monto de la valorización principal del nivel de inicio de acuerdo a los montos aprobador por cada línea de carrera.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, que el personal de la salud considerado en la presente resolución no podrá desplazarse a otra dependencia o establecimiento de salid por un periodo de cinco (05) años, contados a partir de su nombramiento, salvo excepciones establecidas en la Ley. ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR al responsable del Área de Informática, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Red Integrada de Salud Bagua.
ARTÍCULO SETIMO.- NOTIFICAR la presente resolución al personal de la salud señalado en el artículo primero y a los órganos internos de la Red Integrada de Salud Bagua; asimismo, a las instancias correspondientes para los fines de Ley.
ARTÍCULO PRIMERO.- NOMBRAR, con eficacia a partir del 01 de Octubre de 2024, al Personal Profesional, Técnicos y Auxiliares Asistenciales de la Unidad Ejecutora N° 401 - Red de Salud Bagua, en el marco del literal ñ) del párrafo 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024 y de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, conforme al siguiente detalle:
Segun el cuadro que indica
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el personal de la salud considerado previamente debe hacer la toma de posesión de cargo, a más tardar a los cinco (05) días hábiles de notificada la presente resolución, caso contrario se procederá a dejar sin efecto su nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, que los contratos a plazo fijo del personal de la salud considerado en el artículo primero de la presente resolución, queden resueltos de oficio, como consecuencia de su nombramiento a partir del 01 de Octubre de 2024; asimismo, que el personal de la salud que a la fecha no cuente con vínculo laboral, su nombramiento será efectivo a partir de la fecha de la toma de posesión de cargo.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, que al personal de la salud señalado le corresponde percibir el monto de la valorización principal del nivel de inicio de acuerdo a los montos aprobador por cada línea de carrera.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, que el personal de la salud considerado en la presente resolución no podrá desplazarse a otra dependencia o establecimiento de salid por un periodo de cinco (05) años, contados a partir de su nombramiento, salvo excepciones establecidas en la Ley. ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR al responsable del Área de Informática, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Red Integrada de Salud Bagua.
ARTÍCULO SETIMO.- NOTIFICAR la presente resolución al personal de la salud señalado en el artículo primero y a los órganos internos de la Red Integrada de Salud Bagua; asimismo, a las instancias correspondientes para los fines de Ley.