Resolución Directoral Regional Sectorial N.° RESOLUCIÓN DIRECTORAL SUB REGIONAL SECTORIAL-000169-2024-DE
25 de marzo de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR TREINTA (30) DÍAS DE LICENCIA POR ENFERMEDAD, con eficacia anticipada a partir del 29-01-2024 al 27-02-2024, al servidor EDWIN VIGO GONZALES, identificado con DNI Nº 33592677, de condición CONTRATADO en la Red Integrada de Salud Bagua, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 y bajo los alcances de la Ley Nº 31131; de conformidad a los CITT Nº A-154-00010119-24, a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que de conformidad a la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y sus modificatorias, la Red de Salud Bagua está en la obligación de cancelar la remuneración del administrado EDWIN VIGO GALVEZ, únicamente por los primeros 20 días del período de incapacidad; y a partir del veintiunavo (21) día serán subsidiados por el ESSALUD; de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia, de la Unidad Ejecutora N° 401 – Salud Bagua.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, la presente resolución a los órganos internos de la Unidad Ejecutora N° 401 – Salud Bagua e interesado para los fines de ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR TREINTA (30) DÍAS DE LICENCIA POR ENFERMEDAD, con eficacia anticipada a partir del 29-01-2024 al 27-02-2024, al servidor EDWIN VIGO GONZALES, identificado con DNI Nº 33592677, de condición CONTRATADO en la Red Integrada de Salud Bagua, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 y bajo los alcances de la Ley Nº 31131; de conformidad a los CITT Nº A-154-00010119-24, a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que de conformidad a la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y sus modificatorias, la Red de Salud Bagua está en la obligación de cancelar la remuneración del administrado EDWIN VIGO GALVEZ, únicamente por los primeros 20 días del período de incapacidad; y a partir del veintiunavo (21) día serán subsidiados por el ESSALUD; de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia, de la Unidad Ejecutora N° 401 – Salud Bagua.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, la presente resolución a los órganos internos de la Unidad Ejecutora N° 401 – Salud Bagua e interesado para los fines de ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.