Resolución Gerencial Sub Regional N.° 008-2026-G.R.AMAZONAS/GSRB

Vacaciones truncas

29 de enero de 2026

PRIMERO: RECONOCER, a favor del Ing. Nino Quiñones Guerrero, el pago de la compensación por VACACIONES TRUNCAS por haber trabajado para esta entidad en el cargo de Director Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto - Gerencia Sub Regional Bagua, según la liquidación efectuada por la Unidad de Recursos Humanos, y que serán atendido según disponibilidad presupuestal de la entidad. Según el detalle:

  1. De conformidad con el régimen CAS, el trabajador tiene derecho a 30 días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios, o su equivalente proporcional en caso de cese antes de cumplir el año.
  2. El periodo efectivamente laborado por el funcionario es de 09 meses y 11 días, lo que genera el derecho al reconocimiento de vacaciones truncas.
  3. El cálculo proporcional del descanso vacacional se determina de la siguiente manera:

Cálculo de vacaciones truncas:
• Vacaciones anuales: 30 días
• Vacaciones mensuales: 2.5 días por mes

Periodo laborado:
• 9 meses × 2.5 días = 22.50 días
• 11 días adicionales ≈ 0.92 días
Total de días de vacaciones truncas: 23.42 días

CÁLCULO DEL MONTO A PAGAR:
• Remuneración diaria: S/ 6,264.19 ÷ 30 = S/ 208.81
• Monto por vacaciones truncas: 23.42 días × S/ 208.81 = S/ 4,890.20 Soles.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia Sub Regional

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