Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000051-2026-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000051-2026-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

23 de enero de 2026

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA, del vehículo de placa de rodaje N° M7N-965 de año modelo 2020 a favor de la Empresa de Transporte “LUYA TOURS S.R.L.” con RUC N° 20604629625 y registrada en la SUNARP con la Partida Registral N° 11035589, para prestar el SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL, en la ruta: LAMUD – LUYA – CHACHAPOYAS y, viceversa, en los siguientes términos:

AMBITO: Región Amazonas
RUTA: Lamud – Luya – Chachapoyas y viceversa
ITINERARIO: Tincas, Caclic, Cruce Achamaqui, Pencapampa, Molino
SERVICIO AUTORIZADO: Transporte regular de personas
FLOTA VEHICULAR: UNO (01): M7N-965
CATEGORÍA VEHICULAR: M2
VIGENCIA: Un (01) año computado a partir de la emisión de la resolución de aprobación de Incremento de Flota vehicular.

ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la Empresa de Transportes “LUYA TOURS S.R.L.”, el incremento de FRECUENCIA DE RUTA, quedando a nueve (09) salidas diarias por cada extremo de ruta.

ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, conforme al siguiente detalle:

PLACA DE RODAJE: M7N965
SERIE: LS4ASB3E4LG803439
PASAJEROS: 10
AÑO: 2020
COLOR: PLATA
CATEGORIA: M2-C3
PESO NETO: 1.345
SISTEMA DE COMUNICACIÓN: 941 981 916

La vigencia del Certificado de Habilitación Vehicular será por el período de la autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 64.3 del artículo 64° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2013-MTC, siempre que durante dicho plazo el vehículo cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.

ARTÍCULO CUARTO: HABILITAR al CONDUCTOR que se detalla a continuación:

NOMBRES Y APELLIDOS: LUIS ANTONIO REYNA REYNAGA
N° DE LICENCIA DE CONDUCIR: W33811279
CLASE Y CATEGORÍA: AIIIC
VEHÍCULO ASIGNADO: M7N-965

ARTÍCULO QUINTO: DISPONER, al transportista que se encuentre obligado a mantener su vehículo en óptimas condiciones de funcionamiento, debiendo prestar el servicio autorizado.

ARTÍCULO SEXTO: al transportista autorizado, que está obligado a comunicar a la autoridad competente, modificación, extinción, titularidad que ejerce sobre el vehículo, para la conclusión de la habilitación vehicular y su retiro del registro correspondiente; asimismo, está obligado al cumplimiento bajo la modalidad autorizada y habilitada, señalándose que de incurrir en lo señalado en la normativa de la materia respecto del acceso y permanencia a la autorización será objeto de inicio de procedimiento sancionador tipificados en el (anexo I) del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

ARTÍCULO SÉPTIMO: ENCOMENDAR a la Dirección de Circulación Terrestre y Transporte Acuático ordenar a quien corresponda que se practique la fiscalización posterior de la empresa y de los documentos presentados por el Transportista con motivo de la HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO, de conformidad con lo establecido con el numeral 1.16 del artículo IV del Título Preliminar y el artículo 34° del “Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042019-JUS.

ARTÍCULO OCTAVO: ESTABLECER que el presente procedimiento, ha sido resuelto considerando el Principio de Presunción de Veracidad instituido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; por lo que, deberá ser sometido a las acciones de fiscalización posterior de conformidad con lo establecido en el artículo 34° de la Ley antes citada.

ARTÍCULO NOVENO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al señor GELLER ENRIQUE ZAGACETA RUIZ, Gerente General de la Empresa de Transportes “LUYA TOURS S.R.L.”, y a los órganos correspondientes en la forma prevista por ley.

ARTÍCULO DÉCIMO: DISPONER: la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la DirecciónRegional de Transportes y Comunicaciones Amazonas.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

Vista preliminar de documento RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000051-2026-DRTC

RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000051-2026-DRTC

PDF
762.3 KB