Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000044-2026-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000044-2026-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

22 de enero de 2026

ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR al administrado SANTOS MELANIO GARCIA CUNIA, identificado con DNI N°42701458, con la multa que asciende a la suma de equivalente a S/ 267.50 (Doscientos sesenta y siete con 50/100 soles), equivalente a 0.05 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del año 2025, conforme a lo indicado en el Acta de Fiscalización N° 001568, de fecha 18 de noviembre del 2025, por la comisión de la infracción siguiente:

ANEXO 2: TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRANSPORTE (DECRETO SUPREMO N.º 017-2009-MTC) b) Infracciones contra la seguridad en el servicio de transporte

CÓDIGO: S.2.a
CALIFICACIÓN: INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Utilizar vehículos que no cuenten con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes: a) Extintores de fuego de conformidad con lo establecido en el Reglamento.
CONSECUENCIA: Multa asciende a 0.05 de la UIT, S/ 267.50 (Doscientos Cincuenta y Siete con 50/100 Soles)
CALIFICACIÓN: Leve

ARTÍCULO SEGUNDO: HACER DE CONOCIMIENTO al administrado que el total de la infracción impuesta, deberá ser cancelada en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR a la Unidad de Fiscalización de Transportes Terrestre y Acuático de esta Entidad, el registro de la presente sanción por infracción al Servicio Público de Transporte, de acuerdo con el numeral 106.1, artículo 106° del Decreto Supremo N°017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 063-2010-MTC.

ARTÍCULO CUARTO: ADJÚNTESE el Informe Final de Instrucción de la Autoridad Instructora a la presente Resolución para su respectiva notificación, tal y como lo señala el inciso 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo N.°004-2020-MTC “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios”.

ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR al administrado SANTOS MELANIO GARCIA CUNIA, la presente resolución y a los órganos correspondientes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas, en la forma prevista por ley.

ARTÍCULO SEXTO: PÓNGASE DE CONOCIMIENTO al administrado SANTOS MELANIO GARCIA CUNIA, que contra lo resuelto en la presente tiene el derecho de impugnar, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 15º del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumarísima en materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus servicios complementarios, aprobado por Decreto Supremo N.º 004 -2020 -MTC.

ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el portal web de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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