Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000043-2026-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000043-2026-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
22 de enero de 2026
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR al administrado YUSTIN YOSMANY GALVEZ PEREZ, identificado con DNI N°74819336, con la multa que asciende a la suma de equivalente a S/ 535.00 (Quinientos treinta y cinco con 00/100 soles), equivalente a 0.1 de la UIT vigente, conforme a lo indicado en el Acta de Fiscalización N° 0001538, de fecha 30 de octubre del 2025, por la comisión de la infracción siguiente:
ANEXO 2: TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRANSPORTE (DECRETO SUPREMO N.º 017-2009-MTC)b) Infracciones a la Información o Documentación
CÓDIGO: I-1-d
CALIFICACIÓN : INFRACCION DEL CONDUCTOR: No portar durante la prestación del servicio de transporte, según corresponda: d) El documento de habilitación del vehículo.
CONSECUENCIA: Multa asciende a 0.1 de la UIT,S/ 535.00 (Quinientos treinta y cinco con 00/100 soles)
CALIFICACIÓN: Grave
ARTÍCULO SEGUNDO: HACER DE CONOCIMIENTO al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la presente Resolución, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta, el cual deberá ser cancelada en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR a la Unidad de Fiscalización de Transportes Terrestre y Acuático de esta Entidad, el registro de la presente sanción por infracción al Servicio Público de Transporte, de acuerdo con el numeral 106.1, artículo 106° del Decreto Supremo N°017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 063-2010-MTC.
ARTÍCULO CUARTO: ADJÚNTESE el Informe Final de Instrucción de la Autoridad Instructora a la presente Resolución para su respectiva notificación, tal y como lo señala el inciso 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo N.°004-2020-MTC “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios”.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR al administrado YUSTIN YOSMANY GALVEZ PEREZ, la presente resolución y a los órganos correspondientes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas, en la forma prevista por ley.
ARTÍCULO SEXTO: PÓNGASE DE CONOCIMIENTO al administrado YUSTIN YOSMANY GALVEZ PEREZ, que contra lo resuelto en la presente tiene el derecho de impugnar, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 15º del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumarísima en materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus servicios complementarios, aprobado por Decreto Supremo N.º 004 -2020 -MTC.
ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el portal web de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.
ANEXO 2: TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRANSPORTE (DECRETO SUPREMO N.º 017-2009-MTC)b) Infracciones a la Información o Documentación
CÓDIGO: I-1-d
CALIFICACIÓN : INFRACCION DEL CONDUCTOR: No portar durante la prestación del servicio de transporte, según corresponda: d) El documento de habilitación del vehículo.
CONSECUENCIA: Multa asciende a 0.1 de la UIT,S/ 535.00 (Quinientos treinta y cinco con 00/100 soles)
CALIFICACIÓN: Grave
ARTÍCULO SEGUNDO: HACER DE CONOCIMIENTO al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la presente Resolución, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta, el cual deberá ser cancelada en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR a la Unidad de Fiscalización de Transportes Terrestre y Acuático de esta Entidad, el registro de la presente sanción por infracción al Servicio Público de Transporte, de acuerdo con el numeral 106.1, artículo 106° del Decreto Supremo N°017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 063-2010-MTC.
ARTÍCULO CUARTO: ADJÚNTESE el Informe Final de Instrucción de la Autoridad Instructora a la presente Resolución para su respectiva notificación, tal y como lo señala el inciso 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo N.°004-2020-MTC “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios”.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR al administrado YUSTIN YOSMANY GALVEZ PEREZ, la presente resolución y a los órganos correspondientes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas, en la forma prevista por ley.
ARTÍCULO SEXTO: PÓNGASE DE CONOCIMIENTO al administrado YUSTIN YOSMANY GALVEZ PEREZ, que contra lo resuelto en la presente tiene el derecho de impugnar, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 15º del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumarísima en materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus servicios complementarios, aprobado por Decreto Supremo N.º 004 -2020 -MTC.
ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el portal web de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES
