Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000671-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000671-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
25 de setiembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de nivelación del incentivo laboral CAFAE, formulada por la servidora JADY MARITZA LAPIZ GASLAC, disponiéndose que dicha nivelación surta efectos retroactivos desde marzo de 2015, a fin de equiparar su percepción a los montos reconocidos al grupo ocupacional de técnico del personal que labora en la sede central del Gobierno Regional Amazonas, conforme a lo establecido en las Resoluciones Administrativas y Convenios Colectivos emitidos y/o aprobados por el Gobierno Regional Amazonas.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER el pago de la deuda de incentivo laboral de CAFAE, correspondiente al periodo comprendido entre marzo del 2015 a junio del 2025, correspondiente al Grupo Ocupacional TECNICO, el monto de S/ 90,776.93 (Noventa Mil Setecientos Setenta y Seis con 93/100 Soles), de conformidad con el INFORME 000507-2025-G.R.AMAZONAS/UP de fecha 18 de setiembre de 2025, emitido por el Responsable de la Unidad de Personal y el INFORME 000129-2025-G.R.AMAZONAS/OR de fecha 17 de setiembre de 2025.
ARTÍCULO TERCERO: RECONOCER el pago de los intereses legales ascendente a la suma de S/ 9,186.76 (Nueve Mil Ciento Ochenta y Seis con 76/100 Soles), de conformidad con el INFORME 000507-2025-G.R.AMAZONAS/UP de fecha 18 de setiembre de 2025, emitido por el Responsable de la Unidad de Personal y el INFORME 000129-2025-G.R.AMAZONAS/OR de fecha 17 de setiembre de 2025.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER a la Oficina de Administración, en coordinación con la Unidad de Personal y la Oficina de Remuneraciones, efectúe las gestiones necesarias para registrar el monto nivelado del incentivo laboral CAFAE, equivalente a S/. 2,370.00 (Dos Mil Trescientos Setenta con 00/100 Soles) mensuales, en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), conforme a lo dispuesto por las Directivas aprobadas por el Gobierno Regional de Amazonas; asimismo, precisar que estará sujeto a la disponibilidad presupuestal de la entidad. Además, la presente decisión no constituye creación de nuevos beneficios ni incremento remunerativo, sino únicamente el reconocimiento de la nivelación del incentivo laboral CAFAE, en aplicación del derecho a la igualdad y no discriminación prevista en el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, el cual prevalece sobre cualquier disposición legal contraria.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR la presente resolución a la servidora JADY MARITZA LAPIZ GASLAC, y a las demás instancias correspondientes cumpliendo con las formalidades contenidos en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, mediante el cual se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER el pago de la deuda de incentivo laboral de CAFAE, correspondiente al periodo comprendido entre marzo del 2015 a junio del 2025, correspondiente al Grupo Ocupacional TECNICO, el monto de S/ 90,776.93 (Noventa Mil Setecientos Setenta y Seis con 93/100 Soles), de conformidad con el INFORME 000507-2025-G.R.AMAZONAS/UP de fecha 18 de setiembre de 2025, emitido por el Responsable de la Unidad de Personal y el INFORME 000129-2025-G.R.AMAZONAS/OR de fecha 17 de setiembre de 2025.
ARTÍCULO TERCERO: RECONOCER el pago de los intereses legales ascendente a la suma de S/ 9,186.76 (Nueve Mil Ciento Ochenta y Seis con 76/100 Soles), de conformidad con el INFORME 000507-2025-G.R.AMAZONAS/UP de fecha 18 de setiembre de 2025, emitido por el Responsable de la Unidad de Personal y el INFORME 000129-2025-G.R.AMAZONAS/OR de fecha 17 de setiembre de 2025.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER a la Oficina de Administración, en coordinación con la Unidad de Personal y la Oficina de Remuneraciones, efectúe las gestiones necesarias para registrar el monto nivelado del incentivo laboral CAFAE, equivalente a S/. 2,370.00 (Dos Mil Trescientos Setenta con 00/100 Soles) mensuales, en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), conforme a lo dispuesto por las Directivas aprobadas por el Gobierno Regional de Amazonas; asimismo, precisar que estará sujeto a la disponibilidad presupuestal de la entidad. Además, la presente decisión no constituye creación de nuevos beneficios ni incremento remunerativo, sino únicamente el reconocimiento de la nivelación del incentivo laboral CAFAE, en aplicación del derecho a la igualdad y no discriminación prevista en el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, el cual prevalece sobre cualquier disposición legal contraria.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR la presente resolución a la servidora JADY MARITZA LAPIZ GASLAC, y a las demás instancias correspondientes cumpliendo con las formalidades contenidos en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, mediante el cual se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES