Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000510-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000510-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
22 de julio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA, del vehículo de placa de rodaje N° F1Z 958 de año modelo 2019 a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURISTICOS SELVA S.A., con RUC N° 20531406614 y registrada en la SUNARP con la Partida Registral N° 11003379, para prestar el SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL, en la ruta: PUENTE NIEVA (BONGARA) – CORRAL QUEMADO (UTCUBAMBA) – BAGUA – LAMUD (LUYA) – RODRIGUEZ DE MENDOZA – BALSAS (CHACHAPOYAS); y, viceversa, en los siguientes términos:
AMBITO: Región Amazonas
RUTA: Puente Nieva (Bongara) – Corral Quemado (Utcubamba) – Bagua – Lamud (Luya) – Rodriguez de Mendoza – Balsas (Chachapoyas) y viceversa
ITINERARIO: Progreso, Buenos Aires, Vilcaniza, Aserradero, Salao, Naranjitos, Santa Elena, Calic, Pipus, Molinopampa, Ubilon.
SERVICIO AUTORIZADO: Transporte regular de personas
FLOTA VEHICULAR: UNO (01): F1Z-958
CATEGORÍA VEHICULAR: M2-C3
VIGENCIA: Un (01) año computado a partir de la emisión de la resolución de aprobación de Incremento de Flota vehicular.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURISTICOS SELVA S.A., el incremento de FRECUENCIA DE RUTA a: Diez (10) salidas diarias por cada extremo de ruta.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, conforme al siguiente detalle:
PLACA DE RODAJE: F1Z-958
SERIE: JTFST22P9K0038522
PASAJEROS: 15
AÑO: 2019
COLOR: BLANCO
CATEGORIA: M2-C3
PESO NETO: 2,209
VIGENCIA: Un (01) año
SISTEMA DE COMUNICACIÓN: 995 894 869
La vigencia del Certificado de Habilitación Vehicular será por el período de la autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 64.3 del artículo 64° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 011-
2013-MTC, siempre que durante dicho plazo el vehículo cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
AMBITO: Región Amazonas
RUTA: Puente Nieva (Bongara) – Corral Quemado (Utcubamba) – Bagua – Lamud (Luya) – Rodriguez de Mendoza – Balsas (Chachapoyas) y viceversa
ITINERARIO: Progreso, Buenos Aires, Vilcaniza, Aserradero, Salao, Naranjitos, Santa Elena, Calic, Pipus, Molinopampa, Ubilon.
SERVICIO AUTORIZADO: Transporte regular de personas
FLOTA VEHICULAR: UNO (01): F1Z-958
CATEGORÍA VEHICULAR: M2-C3
VIGENCIA: Un (01) año computado a partir de la emisión de la resolución de aprobación de Incremento de Flota vehicular.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS TURISTICOS SELVA S.A., el incremento de FRECUENCIA DE RUTA a: Diez (10) salidas diarias por cada extremo de ruta.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, conforme al siguiente detalle:
PLACA DE RODAJE: F1Z-958
SERIE: JTFST22P9K0038522
PASAJEROS: 15
AÑO: 2019
COLOR: BLANCO
CATEGORIA: M2-C3
PESO NETO: 2,209
VIGENCIA: Un (01) año
SISTEMA DE COMUNICACIÓN: 995 894 869
La vigencia del Certificado de Habilitación Vehicular será por el período de la autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 64.3 del artículo 64° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 011-
2013-MTC, siempre que durante dicho plazo el vehículo cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES