Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000366-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC:

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000366-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

2 de junio de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR al administrado SEGUNDO NELSON BECERRA VILLANUEVA, identificado con DNI N°45219960, conductor del vehículo con placa de Rodaje BVO-744, con la multa que asciende a la suma de S/ 257.50 (Doscientos Cincuenta y Siete con 50/100 soles), equivalente a 0.05 de la UIT, de conformidad a lo indicado en el Acta de Fiscalización N° 000983 de fecha 07 de agosto del 2024, por la comisión de la infracción siguiente:

ARTÍCULO SEGUNDO: Los pagos, en razón a las Multas derivadas de Infracciones se tienen que cancelar, en la Unidad de Caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas.

ARTICULO TERCERO: PÓNGASE, de conocimiento al administrado que dentro de los quince (15) días hábiles después de notificado la Resolución de Sanción, tiene el beneficio del 30% de descuento del total de la infracción impuesta.

ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR a la Unidad de Fiscalización de Transportes Terrestre y Acuático de esta Entidad, el registro de la presente sanción por infracción al Servicio Público de Transporte, de acuerdo con el numeral 106.1, artículo 106° del Decreto Supremo N°017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N°
063-2010-MTC.

ARTÍCULO QUINTO: ADJÚNTESE el Informe Final de Instrucción de la Autoridad Instructora a la presente Resolución para su respectiva notificación, tal y como lo señala el inciso 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo N.°004-2020-MTC “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios”.

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR al administrado SEGUNDO NELSON BECERRA VILLANUEVA la presente resolución y a los órganos correspondientes de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Amazonas, en la forma prevista por ley.

ARTÍCULO SÉPTIMO: PÓNGASE DE CONOCIMIENTO al administrado SEGUNDO NELSON BECERRA VILLANUEVA, que contra lo resuelto en la presente tiene el derecho de impugnar, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo
15º del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumarísima en materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus servicios complementarios, aprobado por Decreto Supremo N.º 004 -2020 -MTC.

ARTÍCULO OCTAVO: DISPONER la publicación de la presente Resolución Final, en el portal web de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Amazonas.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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