Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000415-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000415-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC

18 de junio de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA, del vehículo de placa de rodaje N° BRL-475, a favor de la “Empresa de Transporte y Turismo Corazón de Amazonas E.I.R.L.” con RUC N° 20611396024 y registrada en la SUNARP con la Partida Registral N°
11046585, para prestar el SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL, en la ruta: CHACHAPOYAS – BAGUA GRANDE (UTCUBAMBA) y viceversa

ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la “Empresa de Transporte y Turismo Corazón de Amazonas E.I.R.L.”, el incremento de FRECUENCIA DE RUTA: 03 salidas diarias por cada extremo de ruta.

ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, conforme al siguiente detalle:

PLACA DE RODAJE SERIE PASAJEROS AÑO COLOR CATEGORIA PESO NETO VIGENCIA SISTEMA DE COMUNICACIÓN

BRL-475 JTFEB6CP7M6014791 13 2021 BLANCO M2-C3 2.709 Un (01) año 989 721 089

La vigencia del Certificado de Habilitación Vehicular será por el período de la autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 64.3 del artículo 64° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 011-
2013-MTC, siempre que durante dicho plazo el vehículo cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES

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