Resolución Directoral Regional Sectorial N.° 000418-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL-000418-2025-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/DRTC
18 de junio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO DE FLOTA, del vehículo de placa de rodaje N° B8V-043, a favor de la “Empresa de Transportes y Servicios Turísticos Cristo Luz del Mundo E.I.R.L.”, con RUC N° 20487879917 y registrada en la SUNARP con la Partida Registral N° 11021237, para prestar el SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL, en la ruta: CHACHAPOYAS – SAN FRANCISCO DEL YESO (LUYA) y viceversa, en los siguientes términos:
AMBITO Región Amazonas
RUTA Chachapoyas – San Francisco Del Yeso (Luya) y viceversa
ITINERARIO El Molino, Cruce Achamaqui, San Isidro, Shipamarca, Tingo, Nogalcucho, Pumachaca, Zuta y Ubilon.
SERVICIO AUTORIZADO Transporte regular de personas
FLOTA VEHICULAR UNO (01): B8V-043
CATEGORÍA VEHICULAR M2-C3
VIGENCIA Un (01) año computado a partir de la emisión de la resolución de aprobación de Incremento de Flota vehicular.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la “Empresa de Transportes y Servicios Turísticos Cristo Luz del Mundo E.I.R.L.”, el incremento de FRECUENCIA DE RUTA: 03 salidas diarias por cada extremo de ruta.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, conforme al siguiente detalle:
PLACA DE RODAJE SERIE PASAJEROS AÑO COLOR CATEGORIA PESO NETO VIGENCIA SISTEMA DE COMUNICACIÓN
B8V-043 JTFSK22P7B0014223 15 2011 BLANCO M2-C3 2.059 Un (01) año 977 216 456
La vigencia del Certificado de Habilitación Vehicular será por el período de la autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 64.3 del artículo 64° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2013-MTC, siempre que durante dicho plazo el vehículo cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
AMBITO Región Amazonas
RUTA Chachapoyas – San Francisco Del Yeso (Luya) y viceversa
ITINERARIO El Molino, Cruce Achamaqui, San Isidro, Shipamarca, Tingo, Nogalcucho, Pumachaca, Zuta y Ubilon.
SERVICIO AUTORIZADO Transporte regular de personas
FLOTA VEHICULAR UNO (01): B8V-043
CATEGORÍA VEHICULAR M2-C3
VIGENCIA Un (01) año computado a partir de la emisión de la resolución de aprobación de Incremento de Flota vehicular.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la “Empresa de Transportes y Servicios Turísticos Cristo Luz del Mundo E.I.R.L.”, el incremento de FRECUENCIA DE RUTA: 03 salidas diarias por cada extremo de ruta.
ARTÍCULO TERCERO: OTÓRGUESE EL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR a la unidad vehicular que se autoriza, conforme al siguiente detalle:
PLACA DE RODAJE SERIE PASAJEROS AÑO COLOR CATEGORIA PESO NETO VIGENCIA SISTEMA DE COMUNICACIÓN
B8V-043 JTFSK22P7B0014223 15 2011 BLANCO M2-C3 2.059 Un (01) año 977 216 456
La vigencia del Certificado de Habilitación Vehicular será por el período de la autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 64.3 del artículo 64° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2013-MTC, siempre que durante dicho plazo el vehículo cuente con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DIRECTORALES REGIONALES SECTORIALES